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Patentes en Sudáfrica -

MEMORANDO RELATIVO A LA PROSECUCIÓN DE UNA SOLICITUD PCT FASE NACIONAL EN SUDÁFRICA (REVISADO EN MAYO 2006 - REGULACIONES MODIFICADAS DE PATENTES)

Requisitos Documentales

1. Conforme a lo establecido en la Sección 43E de la ley de Patentes de Sudáfrica, siempre que Sudáfrica sea elegida, el comienzo de la Fase Nacional del PCT debe tener lugar antes de la expiración del plazo de 31 meses contados desde la fecha de prioridad, sin importar el hecho de que se haya solicitado una petición del Capítulo II. Con relación a la solicitud internacional que designa o elige a la República, el solicitante, deberá:

(a) abonar los aranceles nacionales establecidos a la oficina de patentes, y

(b) si la solicitud internacional no ha sido presentada o publicada en conformidad con el Tratado de Cooperación de Patentes en inglés, presentar en la Oficina de Patentes dentro del período establecido (31 meses contados desde la fecha de prioridad) una traducción de la solicitud internacional incluyendo los contenidos prescritos, en un idioma oficial de la República (el Inglés es un idioma oficial).

La Oficina de Patentes puede aceptar una presentación tardía de la traducción luego del período de extensión de tres meses, pero consideramos que esta situación es irregular y en consecuencia puede hacer que la patente, una vez concedida, sea vulnerable a ataques en la Corte del Comisario de Patentes.

2. El Registro también requiere evidencia suficientemente satisfactoria de que el solicitante está habilitado para solicitar una patente sudafricana, y con este fin la Cesión estándar es aceptable, aunque también son aceptables otros medios de cumplimentar el requisito del Registro, tales como citas de contratos laborales y Declaraciones Juradas realizadas por empleadores. Este documento debe ser presentado dentro de 6 meses de la fecha de solicitud.

3. También se requiere la presentación de un Poder, en el Formulario de Patentes Sudafricanas P3 (la declaración estándar y el Poder), dentro de los 6 meses de la fecha de solicitud, aunque es posible solicitar extensiones de este plazo.

4. Adicionalmente, dentro de los 6 meses a partir de la fecha de solicitud, se debe presentar una Declaración de Uso de recursos biológicos indígenas, de recursos genéticos, o uso o conocimiento tradicional en el Formulario de Patentes Sudafricanas P26, aunque hay disponibles extensiones de este período de tiempo. Por favor, tenga en consideración que este Formulario P26 se requiere independientemente del campo técnico de la invención, sirviendo los casilleros pertinentes a marcar en el Formulario P26 para indicar su relevancia.

5.En los lugares en donde el Formulario P26 contiene una declaración de que la invención para la cual se solicita protección está basada en, o derivada de, un recurso biológico indígena, en un recurso genético o en un uso o conocimiento tradicional, el solicitante deberá proporcionar, antes de la aceptación de la solicitud, al registro, evidencia de su capacidad o autorización para hacer uso del recurso biológico, del recurso genético o del uso o conocimiento tradicional, mediante la entrega al Registro de por lo menos una de la siguiente documentación:

(a) una copia del permiso otorgado en conformidad con el Capítulo 7 de la Administración de Medio Ambiente Nacional: Ley de Biodiversidad, 2004;

(b) si fuera aplicable, prueba de que ha sido obtenido un consentimiento previo, tal como se contempla en la sección 82(2)(a) o en la 82(3)(a) de la Administración de Medio Ambiente Nacional: Ley de Biodiversidad, 2004;

(c) si fuera aplicable, prueba de un contrato de transferencia material, tal como se contempla en la sección 82(2)(b)(i) de la Administración de Medio Ambiente Nacional: Ley de Biodiversidad, 2004;

(d) si fuera aplicable, prueba de un acuerdo de beneficios compartidos, tal como se contempla en la sección 82(2)(b) de la Administración de Medio Ambiente Nacional: Ley de Biodiversidad, 2004;

(e) si fuera aplicable, prueba de copropiedad de la invención para la cual se está solicitando protección; (f) cualquier otra prueba que sea satisfactoria para el Registro.

Requisitos de especificación

6. La Oficina de Patentes Sudafricana obtendrá una copia de la Solicitud Internacional, con las enmiendas a los Artículos 19 y 34 directamente de la OMPI, no recibiendo copias de la especificación, reivindicaciones, dibujos y resumen por parte del solicitante.

7. . Cuando se hayan hecho enmiendas en uno o en ambos Artículos 19 y 34 durante la Fase Internacional, dichas enmiendas formarán parte automáticamente de la solicitud sudafricana; sin embargo, si dichas enmiendas no fueron hechas en inglés se deberá proporcionar una traducción verificada de ellas en inglés dentro de los 3 meses.

8. Sudáfrica es un país no examinador y, en consecuencia, el único examen que se realiza es de forma y no de fondo. Es responsabilidad del solicitante asegurar que la solicitud sea válida en lo que se refiere a novedad y paso inventivo.

8.1 Los requisitos de novedad de Sudáfrica son muy similares a los de la mayoría de los países desarrollados, incluyendo Europa, Australia, Estados Unidos y Japón; en consecuencia, cualquier enmienda realizada para superar objeciones de novedad ante las oficinas de dichos países debería ser incorporada en la solicitud Sudafricana, preferentemente antes de que sea concedida la patente.

8.2 Los requisitos de paso inventivo de Sudáfrica difieren de los de algunas de las jurisdicciones arriba mencionadas, y en consecuencia una solicitud sudafricana debería ser analizada a la luz del Informe de Búsqueda Internacional y/o del Informe de Examen Preliminar Internacional para determinar hasta qué grado debería ser enmendada la Especificación Internacional PCT (tal como fue solicitada y/o publicada) al presentar una solicitud sudafricana, a fin de reducir el riesgo de invalidez en base a falta de mérito inventivo, de cualquier patente sudafricana que haya sido otorgada a partir de dicha solicitud.

8.3 Nosotros recomendamos habitualmente que las enmiendas hechas ante las oficinas examinadoras al solo efecto de superar objeciones de mérito inventivo sean consideradas cuidadosamente antes de incorporarlas en la solicitud sudafricana. Este curso de acción evita una limitación innecesaria del alcance de las reivindicaciones de la patente Sudafricana. Solamente una Corte puede decidir en cuestiones de mérito inventivo.

8.4 Por lo tanto, en algunas instancias puede ser preferible no quedar limitado por las enmiendas acompañadas al Informe de Examen Preliminar Internacional, y, por el contrario, conviene enmendar selectivamente la solicitud de patente sudafricana antes de la aceptación de la patente. Esto puede llevarse a cabo al mismo momento que se agregan las reivindicaciones ómnibus (ver el punto 9 más abajo) enmendando la solicitud para invertir las enmiendas hechas durante la Fase Internacional, cuando sea posible.

8.5 Según la práctica de patentes sudafricanas, se incluyen habitualmente las reivindicaciones ómnibus antes de la concesión de la patente. Dichas reivindicaciones ómnibus deben introducirse en forma de enmiendas, tal como se indica en el punto 9 de más abajo.

9 Enmiendas

9.1 Las reivindicaciones ómnibus, las reivindicaciones no admitidas en Sudáfrica (tales como reivindicaciones de método de tratamiento, y cualquier otra reivindicación normalmente agregada en conformidad con la práctica sudafricana y que no esté anexada a la Solicitud Internacional, deben ser agregadas, eliminadas, o corregidas después de la solicitud, pero antes del otorgamiento de la patente (aproximadamente, 8 meses);

9.2 A menos que recibamos instrucciones en contrario por parte de ustedes dentro de los 3 meses desde la fecha de la entrada en la Fase Nacional en Sudáfrica, solicitaremos formalmente la enmienda de la solicitud para adecuarla a la práctica sudafricana de patentes y a los requisitos legales, tal como se expone en el punto 8.1 más arriba. Al mismo tiempo, nos ocuparemos de cualquier otra enmienda o corrección, por ejemplo a la luz del arte previo que se hubiera hecho de conocimiento del solicitante, tal como se indica en el punto 8 más arriba.

10 Documento de Prioridad.

a. Si el solicitante cumple con la regla 17.1 del PCT no es necesario presentar el documento de prioridad ni su traducción.

b. Si el solicitante no cumple con la regla 17.1 del PCT se debe presentar un documento de prioridad, junto con una traducción verificada del mismo, en la Oficina de Patentes dentro de los 6 meses de la fecha de entrada en la Fase Nacional sudafricana. Este plazo límite puede extenderse a discreción del Registro en base a solicitudes de extensión que se presenten.

11. Las tasas de renovación son exigibles a partir de los 36 meses después de la fecha de Solicitud Internacional, pero pueden ser pagadas dentro de los 6 meses de la concesión de la patente si ésta se concede con posterioridad a los 33 meses de la Solicitud Internacional.

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